LOCALES
2 de marzo de 2026
Derrame en Magdalena: ¿defensa legítima o estrategia para cerrar el caso?

La apelación presentada por la Municipalidad de Magdalena para lograr la homologación del acuerdo firmado en 2009 con Shell CAPSA reabrió un debate que combina derecho ambiental, legitimidad democrática y estrategia política. El eje del planteo oficial es claro: si no existe daño ambiental actual, no corresponde exigir una recomposición ni obstaculizar un acuerdo validado por las instituciones locales.
Sin embargo, el enfoque adoptado por el Ejecutivo no está exento de cuestionamientos.
La tesis de la “sanación natural”
El argumento central de la apelación se apoya en la inexistencia de daño remanente. La Municipalidad sostiene que las pericias ambientales y químicas realizadas entre 2020 y 2021, junto con el informe del Ministerio de Ambiente bonaerense de julio de 2024, confirmaron que no se detectan hidrocarburos atribuibles al derrame de 1999 ni afectación actual del ecosistema.
Esta línea técnica tiene antecedentes en la causa “Albornoz, Aníbal A. c/ Shell CAPSA”, donde en 2005 la Dirección de Ecología provincial indicó que el ambiente no presentaba indicios relevantes del impacto original.
Bajo esa lógica, el planteo oficial sintetiza su posición en una premisa: no puede ordenarse la recomposición de un daño que ya no existe.
No obstante, el fallo de primera instancia rechazó la homologación e introdujo la necesidad de una “evaluación probatoria integral-retrospectiva”, es decir, analizar la dimensión histórica y sistémica del daño más allá del estado actual. Allí se encuentra el punto de fricción: para el municipio, se trata de una ampliación conceptual que excede el objeto del litigio; para el juzgado, constituye una exigencia derivada del orden público ambiental.
La legitimidad democrática como escudo
Otro de los pilares de la estrategia municipal es la denominada “triple legitimación” del acuerdo:
Firma del Intendente en ejercicio.
Aprobación del Concejo Deliberante.
Ratificación en consulta popular el 17 de mayo de 2009.
En esa votación participaron 2.823 electores (22,60% del padrón), con 77% de votos afirmativos (2.156) y 23% negativos (660).
El Ejecutivo sostiene que ese proceso consolidó una decisión institucional respaldada por la ciudadanía. El rechazo judicial, según la apelación, implicaría desconocer esa voluntad colectiva.
Sin embargo, el nivel de participación —poco más de una quinta parte del padrón— también es un dato que atraviesa el análisis político del caso. La consulta fue válida formalmente, pero su representatividad efectiva es parte del debate público que reaparece con cada instancia judicial.
![]()
Los 9,5 millones frente a los 91 millones
Uno de los puntos más controvertidos es la comparación entre el monto acordado en 2009 —USD 9,5 millones— y una estimación pericial de 2002 que calculaba en USD 91 millones el costo de una recomposición parcial.
La Municipalidad argumenta que aquella cifra respondía a un escenario en el que se proyectaban obras de remediación masiva que, a la luz de las pericias recientes, hoy no serían necesarias. En ese marco, el acuerdo habría dejado de ser un presupuesto de limpieza para transformarse en un esquema de desarrollo local, incluyendo:
Diseño técnico de un parque industrial.
Programa integral de tratamiento de residuos sólidos domiciliarios.
Asesoramiento para turismo sustentable.
El cuestionamiento judicial apunta a la suficiencia del monto y a la necesidad de parámetros objetivos que lo justifiquen en relación con el daño histórico. Allí aparece la figura de la “lesión enorme” invocada por el tercero interviniente.
La intervención de un tercero y el “derecho a la verdad”
La impugnación presentada por Leonardo Nicolás Fediuk modificó el escenario procesal. Su planteo cuestionó el destino de los fondos y la suficiencia del acuerdo frente a la magnitud del derrame ocurrido el 15 de enero de 1999, cuando el buque Estrella Pampeana, operado por Shell, liberó más de cinco millones de litros de petróleo frente a la costa de Magdalena.
El fallo de diciembre de 2025 recogió parte de esos argumentos e incorporó la noción de una “verdad histórica ambiental” que debería ser establecida antes de validar cualquier acuerdo.
Para la estrategia municipal, esa exigencia implica prolongar un litigio de más de 25 años para reconstruir técnicamente un daño que, según los estudios actuales, ya no tiene manifestación física. Desde esa perspectiva, se trataría de un desplazamiento del eje desde la recomposición hacia una revisión retrospectiva sin impacto material presente.
Continuidad política y apuesta judicial
El reclamo contra Shell atravesó distintas gestiones municipales: Oscar Sibetti, Fernando Carballo, Gonzalo Peluso y Lisandro Hourcade sostuvieron la causa en diferentes etapas.
Esa continuidad es presentada por el Ejecutivo como prueba de que el acuerdo constituye una política de Estado y no una decisión circunstancial. No obstante, el actual escenario muestra que la discusión ya no se limita al plano político local, sino que se desplaza al terreno judicial, donde la Cámara deberá definir si homologa el convenio o mantiene el criterio de primera instancia.
La estrategia municipal apuesta a que prevalezca la interpretación basada en la inexistencia de daño actual y en la validación democrática previa. El debate abierto por el fallo, en cambio, coloca el foco en la dimensión histórica del impacto y en los alcances del control judicial en materia ambiental.
El resultado de la apelación no solo definirá el destino del acuerdo firmado en 2009, sino también el marco bajo el cual se interpretará uno de los episodios ambientales más relevantes de la historia de Magdalena.
